Viernes 16 Enero 2026

La organización Propuesta Cívica informó que el Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal en Puebla concedió el amparo que promovió contra el delito de ciberasedio y declaró la inconstitucionalidad del Artículo 480 del Código Penal local, que lo tipifica. La resolución se emitió el 14 de enero de 2026, derivada del amparo indirecto 828/2025.

El juez Horacio Óscar Rosete Mentado determinó que la redacción ambigua y abierta del delito de ciberasedio generaba inseguridad jurídica, un efecto inhibidor sobre la libertad de expresión y dejaba en manos de la discrecionalidad estatal la determinación de la conducta ilícita.

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En un comunicado, Propuesta Cívica explicó que esta sentencia constituye la primera resolución de un proceso integrado por seis amparos interpuestos contra la misma reforma; no obstante, el litigio de los cinco amparos indirectos restantes sigue vigente.

Señaló que la insistencia por frenar este ordenamiento se sustenta en el contexto mexicano, ya que una ley ambigua puede provocar autocensura ante la incertidumbre de cometer un delito, lo que afecta la expresión de opiniones y la difusión de información legítima, en especial para el periodismo digital.

Cabe destacar que, aunque el amparo 828/2025 tiene efectos limitados y protege a la periodista a cuyo nombre se promovió el recurso frente a futuras persecuciones penales por el delito invalidado, la organización indicó que el fundamento jurídico de la resolución puede servir como referencia en casos posteriores.

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Propuesta Cívica exhortó al Poder Judicial del estado de Puebla a resolver los cinco amparos pendientes con independencia y apego a las garantías constitucionales. Asimismo, llamó al Congreso de Puebla a reformar el Artículo 480 del Código Penal para garantizar la correcta aplicación del delito de ciberasedio.

“Propuesta Cívica exhorta también a las autoridades legislativas del estado de Puebla a federativas a reformar el artículo 480 del Código Penal, para asegurar que la determinación del delito de ciberasedio sea compatible con los más altos estándares de claridad y precisión y con un pleno respeto al ejercicio de la libertad de expresión”, indica el comunicado.

La reforma al Artículo 480 fue publicada el 11 de julio de 2025 en el Periódico Oficial del Estado de Puebla (POE). Al considerar su redacción imprecisa y susceptible de interpretaciones discrecionales, Propuesta Cívica promovió seis amparos indirectos en agosto de ese mismo año en representación de periodistas, personas defensoras de derechos humanos y comunicadores de Puebla, para garantizar el derecho a la libre expresión.