Proponen cárcel para quien difunda fotos de feminicidios en Puebla

Sólo cinco de cada 10 feminicidios son castigados, mientras que uno de cada 10 homicidios contra mujeres logra ser resuelto.

Legisladores del Congreso del Estado propusieron imponer penas que lleguen a los 10 años para todo aquel que promueva, difunda todo tipo de material visual de las víctimas de feminicidios

 

Así lo propuso el diputado local Estefan Chidiac al señalar que en el país ya existe la “Ley Ingrid” la cual  castiga precisamente la difusión de imágenes o videos de mujeres que han sido víctimas de crímenes crueles.

 

Detalló que la propuesta resulta de la cantidad de feminicidios que se han presentado en la entidad, pues de acuerdo con el “Estudio de Impunidad en Homicidio Doloso y Feminicidio en México”, en 2019, del total de sentencias condenatorias dictadas por estos delitos, 89.6 por ciento y 51.4 por ciento quedó impune, respectivamente.

 

Esto quiere decir que sólo cinco de cada 10 feminicidios son castigados, mientras que uno de cada 10 homicidios contra mujeres logra ser resuelto.

 

El legislador priísta explicó que una forma en que la revictimización se manifiesta es por medio de las filtraciones y la difusión de imágenes sensibles de mujeres asesinadas por parte de funcionarios públicos o personas, que dañan el debido proceso y atentan contra la dignidad, intimidad e identidad de la víctima.

 

Esto derivado del caso de la joven Ingrid Escamilla, quien tras ser asesinada por su pareja, fueron difundidas imágenes donde se mostraban partes de su cuerpo que fue mutilado por el feminicida.

 

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La propuesta presenta los siguientes puntos:

 

Sanciones de cuatro a 10 años de prisión y una multa de quinientas a mil Unidades de Medida y Actualización (UMAS), al que por cualquier medio y fuera de los supuestos autorizados por la ley, fotografíe, videograbe, reproduzca, audiograbe, entregue, comparta, revele, envíe, exponga, transmita, difunda, publique, distribuya, comercialice o intercambie imágenes, audios, videos, documentos o información reservada del lugar de los hechos, del hallazgo, indicios o evidencia de personas que hayan sufrido violencia física o sexual, de cadáveres o parte de ellos o de las circunstancias de la muerte.

 

La pena aumentaría hasta 15 años de prisión cuando se trate de las circunstancias de la muerte, de las lesiones o del estado de salud de mujeres, niños, niñas o adolescentes con el fin de menoscabar la dignidad de las víctimas o de sus familiares.

 

Finalmente si quien comente este delito es servidor público, además de las penas previstas en el presente artículo, será destituido e inhabilitado definitivamente para desempeñar otro empleo, cargo o comisión en el servicio público.

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